Asesoría legal Estética y Peluquería
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Sueldo mínimo interprofesional
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Enviado el día: 06-11-12 a las 13:23 pm
Como la cosa está como está me quiebro la cabeza para tener menos gastos y me han dicho que si no llegas al sueldo minimo inetrprofesional, que serán unos 640 € al mes, no tienes que pagar autónomos, sino solo declarar el iva de lo que hagas. La semana que viene lo preguntaré en hacienda. ¿Es así?
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Enviado el día: 22-11-12 a las 17:46 pm
No, no es así. Si tienes un negocio abierto al público has de cotizar autónomos. La única excepción está en aquellos supuestos en que se hace algún trabajo excepcional. Por ejemplo, imagina que te encargan una traducción del alemán y te piden una factura. Al ser un servicio esporádico, no habitual, no estarías obligada a darte de alta. Pero entiendo que no es tu caso. Además, el no llegar al SMI sería una cuestión variable (dependería de lo que facturases cada mes) y sujeta a tu voluntad, es decir, que según lo que declarases y lo que no podrías manejarlo a tu antojo, y eso en la Seguridad Social no les gusta...
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Enviado el día: 23-11-12 a las 11:32 am
Pues no lo entiendo, en la seguridad social de una ciudad de la provincia de Salamanca han dicho que sí se puede y, de hecho hay varias personas que conozco que lo están haciendo así en esa ciudad: unos son una empresa de limpiezas de portales y otro un masajista a domicilio. Emiten facturas, y cada trimestre declaran el iva pero no pagan la cuota mensual, lógicamente tampoco cotizan. Repito que esto lo saben en la seguridad social y lo permiten.
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También lo entiendo pues si ganas limpiando portales 400€ al mes ¿es lógico pagar 250 de autónomos?
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Enviado el día: 13-03-13 a las 23:20 pm
A mi tambien me lo han comentado, que si facturas menos del salario minimo interprofesional no tienes por que pagar autonomos ya que tu facturación estaria por debajo del minimo.
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Se lo pregunté a mi asesoria y me dijeron que es cierto y se puede hacer tranquilamente. Aunque siempre demostrando con tus facturas de ingresos y gastos que no llegas al minimo.
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Enviado el día: 21-03-13 a las 01:17 am
pues que alguien nos lo aclare bien ,osea tus ingresos menos tus gastos ..si no llegan al salario minimo interprofesional no pagas autonomos??? ¿pero si que te cuanta para la s.social? ..o como esta eso ??
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Enviado el día: 21-03-13 a las 12:52 pm
Yo me reafirmo en que eso es una leyenda urbana. En ningún caso la cotización a la Seguridad Social puede depender de lo que el autónomo diga que factura. Insisto en que el factor que determina la obligatoriedad o no de cotizar es el desempeño de una actividad económica con carácter de habitualidad. ¿Que ése es un concepto indeterminado? Cierto. ¿Que puede interpretarse a título orientativo que si facturas menos que el SMI es un indicio de no habitualidad? Bueno, es una forma de verlo. Pero os pongo el ejemplo inverso: si yo no estoy dado de alta y sin embargo alguien me encarga un trabajo de 6.000 euros, lo facturo y no me doy de alta de autónomo, porque no estoy desarrollando una actividad habitual. Pagaré mi IVA, me retendrán mi IRPF y listo.
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