Foro de Peluquería Profesional
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Pelspelspro -
Erte
Pelspelspro
Enviado el día: 19-03-20 a las 20:17 pm
Hola vuestras gestores os cobran por tramitar el erte ??
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uriel.pro -
uriel.pro
Enviado el día: 19-03-20 a las 21:06 pm
supongo que si como cuando nosotros realizamos algun servicio,.
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no es mi caso ya que curro solo pero pienso que si,. ya que nadie hace servicios gratis,.
igual que todo el papeleo que tenga mi gestora que hacer con el tema que hay se lo tendre que abonar,. igual que otros servicios que realiza,.
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Pelspelspro -
Pelspelspro
Enviado el día: 19-03-20 a las 21:12 pm
Claro en eso estoy de acuerdo , q cobren un extra.
Pero yo ya pago una cuota de 180€ fiscal y laboral
Pero por tres trabajadores me pide 821€ pk ellos están desbordados de faena y han contratado una empresa externa para los tramitar los ertes.
Me parece un poco burrada
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Martac -
Martac
Enviado el día: 20-03-20 a las 08:24 am
Si ..es mucho...a mi 160e por dos personas
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Juana Maria -
Juana Maria
Enviado el día: 20-03-20 a las 08:35 am
Hola buenos días, tienes razón a mi me cobran 400€ más IVA, me parece una locura y más en estos momentos ,que esto lo hacemos porque no hay dinero ni ingresos, entiendo que paguemos algo más por este servicio pero no está locura ,nosotros si tenemos que contratar a alguien en un momento de más trabajo lo pago yo,no el cliente ,tengo amigos peluqueros que no les han cobrado más por tramitar el erte.
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enric -
enric
Enviado el día: 20-03-20 a las 14:02 pm
A mi me cobra 300€ en tiempos revueltos ganancia de pescadores y digo pescadores por no decir otra cosa
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Otra -
Otra
Enviado el día: 20-03-20 a las 22:53 pm
Cada gestor tiene sus precios, como cada peluquería tenemos los nuestros, ellos te dirán; la calidad se paga.
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Papelpelu.pro -
Papelpelu.pro
Enviado el día: 25-03-20 a las 14:29 pm
700e 4 empleadas
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Moderador bm -
Moderador bm
Enviado el día: 26-03-20 a las 18:48 pm
Aquí os pongo un artículo a propósito de los ERTE:
https://www.beautymarket.es/estetica/que-es-un-erte-te-damos-las-respu estas-estetica-21145.php
Y otro más, Prestación extraordinaria por cese de actividad de los autónomos de estética y peluquería:
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Pi -
Pi
Enviado el día: 27-03-20 a las 14:08 pm
Yo , pagó una cuota fija mensual mente y me entra todos los trámites que tenga que hacer .
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Pi -
Pi
Enviado el día: 27-03-20 a las 14:13 pm
Buenas , é tramitado un ERTE a mis empleados con una presentación extraordinaria x cese d actividad ya el día 16 y aún no tengo respuesta.
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A alguien le A venido aprobadas..??
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Susana -
Susana
Enviado el día: 27-03-20 a las 15:02 pm
Hola! Yo soy empleada y me acaban de hacer firmar la documentación del erte. Sabéis que derechos tenemos ahora? Dicen que el INEM no nos descontará este tiempo que cobremos..dicen muchas cosas. Alguien sabría orientarme? Gracias!
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Pietro -
Pietro
Enviado el día: 27-03-20 a las 15:15 pm
Es correcto , no te descuentan del paro y cobrarías como si estuvieras una enfermedad común el 70%
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Martac -
Martac
Enviado el día: 27-03-20 a las 15:54 pm
Yo todavía no..esta a trámite.. cuando este..las empleadas tienen un enlace de página web.. para que se trasmiten el paro.....el problema es que la página está saturada...no responden..ni teléfono...nada
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Carol -
Carol
Enviado el día: 27-03-20 a las 20:17 pm
A mí me han hecho un erte (soy empleada) y resulta k me acaba el contrato el 3 de abril. No entiendo nada....q sentido tiene?
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SaRoketa.pro -
SaRoketa.pro
Enviado el día: 27-03-20 a las 20:55 pm
Hola Carol Eso es porque durante el estado de alarma no se pueden realizar despidos, por eso te hacen el ERTE, en tu caso casi mejor
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Un saludo
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Maguie -
Maguie
Enviado el día: 28-03-20 a las 16:33 pm
Carol, una vez tú empresa presenta Erte no te pueden despedir en 6 meses después que acabe estado de alarma, así que en tu caso no tienes que preocuparte
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asika.pro -
asika.pro
Enviado el día: 28-03-20 a las 17:18 pm
me imagino que el contrato se para y los días que te quedan por trabajar los harás cuando se pueda abrir y así terminarás la duración del contrato,no puede ser que te conviertas en un indefinido.
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Marimar -
Marimar
Enviado el día: 31-03-20 a las 10:09 am
Buenas tardes, por favor necesito que me aclaréis una duda muy importante, mi gestora me dice hoy, que no sabe si me darán la ayuda de los 3200 euros porque como las peluquerías podemos ir a domicilio.... A lo q yo respondí, que si, pero solo en caso de extrema necesidad. Yo tengo una peluquería pequeñita en un pueblo y trabajo sola, lleva cerrada desde el día 14 inclusive y sin atender a domicilio ya q yo no dispongo de medidas de protección para un cliente no para mi, y además no tengo clientas que necesiten mi servicio por necesidad extrema. Muchas gracias
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Otra -
Otra
Enviado el día: 31-03-20 a las 11:04 am
Tengo entendido que ahora hemos pagado los autónomos del mes de febrero, los de marzo que trabajamos la primera quincena no se como lo harán, dijeron que no nos cobrarían los autónomos i nos darían el paro.
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Mary -
Mary
Enviado el día: 31-03-20 a las 12:35 pm
Hola Marimar , los autonomos estan reconocidos por no poder trabajar , mi marido es Barbero y tengo una amiga peluquera y es igual ,todos se acogen a las ayudas.. faltaria mas !!!.
Te mando informacion .Los trabajadores autónomos de toda España podrán solicitar la prestación por cese de actividad extraordinaria habilitada por el Gobierno en dos supuestos. Por un lado, lo podrán realizar de manera automática aquellos afiliados al RETA cuya actividad se haya visto interrumpida directamente por una decisión gubernamental. Sería el caso, por ejemplo, de los autónomos que regenten un bar o una peluquería, cuya apertura se ha prohibido durante la declaración del estado de alarma.
Otro supuesto en el que un trabajador por cuenta propia puede solicitar esta prestación extraordinaria es en caso de que su actividad, sin verse interrumpida directamente por el estado de alarma, sí se haya visto afectada drásticamente por la crisis del coronavirus. En dicho caso, para tener derecho a cobrar el cese de actividad el autónomo debe acreditar que su facturación en el mes previo a la solicitud de la prestación se haya reducido el 75% respecto a la registrada en el promedio del semestre anterior. Es decir, en el caso de que un trabajador por cuenta propia decidiera solicitar la prestación en abril, debería acreditar que su facturación en el mes de marzo era el 75% anterior a la media de facturación que había registrado entre los meses de octubre del 2019 y marzo del 2020.
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Enviado el día: 31-03-20 a las 15:42 pm
Tenéis razón nos han cobrado los autónomos del mes de marzo y solo hemos trabajado 14 días...
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Pietro -
Pietro
Enviado el día: 31-03-20 a las 16:17 pm
Claro q si va a poder solicitar tanto para hacer un ERTE como una baja extraordinaria d actividad , pero alguien en toda España dentro d nuestro sector a recibido algún tipo d ayuda ??.
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Ya q yo presente todo el 16 marzo.
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loren.pro -
loren.pro
Enviado el día: 31-03-20 a las 16:45 pm
el autonomo que hemos pagado este mes.. es del mes de febrero.... el s iguiente mes .. seria de marzo..aunque no hayamos trabajado nos lo van a pasar igual... os aconsejo que pagueis todo... porque no nos van a dar nada de prestacion... y si nchico pagamos nos van a hacer pagar con recargo de un 20%... señoras y señores, no podemos trabajar, aunque podamos trabajar ,no puede venir nadie, seguiremos pagando..... y en el hipotetico caso que nos quieran ofrecer alguna compensacion, nos van a liar a papeleo y no todos lo podremos conseguir.... que dios reparta suerte,,,, ( gabinete galigari)
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SaRoketa.Pro -
SaRoketa.Pro
Enviado el día: 31-03-20 a las 17:44 pm
La cuota de autónomo que se paga a final de mes es la que pertenece al mismo mes que pagamos, no al anterior, eso es en el caso de las cotizaciones de los empleados.
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Ahora hemos pagado la cuota de marzo, que si solicitamos la prestación por cese nos devolverán la mitad de esta cuota, lo que no se sabe es ni cuando vamos a cobrar dicha prestación, que me imagino que será como una prestación por desempleo, ni la mitad de esta cuota. Me imagino que la cuota de abril si no trabajamos en todo el mes de abril no la cobrarán, sino va a arder Troya.
Por otra parte, la prestación por cese, para solicitarla en el caso de los negocios obligados a cerrar, en los que entramos nosotros también aunque no aparezca en el RD por que no lo han actualizado, se tiene que hacer a través de la mutua, enviándoles los tres últimos recibos pagados.
En caso de no poder pagar la cuota de marzo la que ha entrado hoy, la seguridad social te enviará un comunicado invitándote a pagarlo en 30 días sin recargo, pero tienes que pagarlo para que te concedan la prestación, aquí es donde veo yo la mala leche, pero ellos se escudan en que como es un cobro automático pues ale, a fastidiarse.
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