Asesoría legal Estética y Peluquería
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dudas varias
estilista.pro
Enviado el día: 11-04-11 a las 01:11 am
Hola, muy buenas!
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Si quisiera abrir una pequeña empresa de peluquería junto con otra socia, en principio sin empleados, qué forma jurídica me recomendaría?
Si quisiera subarrendar un espacio dentro del local arrendado a mi nombre, a una esteticién autónoma, que tendría que hacer para tenerlo legalizado? firmar un contrato?
Por último, teniendo contrato fijo hace 4 años, y queríendome ir por mi propio pie para hacerme autónoma, puedo pedir el paro hasta que empiece mi actividad por cuenta propia? Es decir, sin que mi gerente me firme un despido pactado? En qué caso no tendría derecho a indemnización, en que caso a paro, y en que caso a ninguno de los dos?
Muchas gracias por su atención
Un saludo
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Enviado el día: 12-04-11 a las 00:29 am
Hola estilista
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de los primeros puntos no te puedo decir pero sobre lo del paro, si te vas por voluntad propia no tienes derecho a él, ni capitalizado, ni en mensualides. Tampoco tienes derecho a indemnización, sólo a la liquidación que te corresponda por las pagas y vacaciones que no hayas disfrutado.
Espero no equivocarme y meter la pata
Un saludo,
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Enviado el día: 12-04-11 a las 01:37 am
Yo soy esteticista y tengo alquilada una cabina en una pelu, que es a lo que te refieres ¿no? Pues le haces su contrato de alquiler y cada una se paga sus cosas.
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En cuanto al paro, Teufel tiene razon.
Pero si hablas con la empresa para que te arregle los papeles... si que lo puedes cobrar, te lo tiene que arreglar la empresa poniendo otro tipo de despido, es cuestion de hablarlo de buenas maneras
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Enviado el día: 12-04-11 a las 16:30 pm
Gracias a las dos!!
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Con respecto a lo del paro, sé que si me voy por mi propio pie no tengo derecho a él. Pero si es la empresa la que me despide, aunque sea procedente, tengo derecho a él? esa es mi duda.
Un saludo!!
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Enviado el día: 12-04-11 a las 16:40 pm
Por cada año trabajado te daran 20 dias de salario, siendo procedente el despido y si es improcedente 45.
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Enviado el día: 12-04-11 a las 23:59 pm
gracias isis, pero mi intención no sería cobrar indemnización, en el caso de que me fuera sería por mi propio pie así que no me parece justo que me pague una indemnización. Lo que no querría perder es el paro.
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Enviado el día: 13-04-11 a las 00:31 am
Si es despido, da igual qe sea procedente o no, tienes derecho a la prestación. Y para hacerte autónoma, sociedad o cooperativa tendrías que pedir la capitalización; que puede ser hasta el 60% para gastos (papeleo, obras, herramientas...) y el resto en mensualidades o todo en mensualidades. No sé si me he explicado bien.
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Si estás pensando en montar por tu cuenta acude a la Cámara de Comercio de tu ciudad, te informan muy bien de todos los pasos que debes dar, al menos en Madrid.
Saludos y mucha suerte
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Enviado el día: 13-04-11 a las 01:07 am
Exacto, por despido no te afecta, pero si te vas sin terminar el contrato pues tiene que ser como te comente anteriormente. Hablar con la empresa y que te arregle los papeles, no es muy legal que digamos...pero lo suelen hacer si no terminas mal con ellos. En el caso de que no te los arreglen pues te tendrian que volver a contratar en otra empresa y al terminar con ellos perdir la prestacion.
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Enviado el día: 13-04-11 a las 16:05 pm
Si se diera el caso no creo que quisieran pactar nada, por lo que supongo que tendría que hacer que me hecharan para poder cobrar la prestación, o capitalizarlo.
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Muchas gracias a tod@s!!!
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Enviado el día: 19-04-11 a las 22:52 pm
respecto a lo de realquilar parte del local a una autonoma,consultalo xk es ilegal realquilar algo que ya esta alkilado ya que tu no eres la dueña del local.
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Enviado el día: 19-04-11 a las 23:50 pm
Bueno habra alguna manera de hacerlo legal, lo consultaré por supuesto
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Enviado el día: 20-04-11 a las 13:20 pm
Estilista, sí querrán pactar si les propones un "despido improcedente". Al no cotizar las indemnizaciones, tu despido les cuenta como gasto y al no dártelo en realidad para ellos es todo ventajas y tú no tienes que cotizar por el supuesto dinero que en realidad no has recibido.
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No sé si he sabido explicarme. Un saludo,
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Enviado el día: 20-04-11 a las 13:25 pm
Estilista, sí querrán pactar si les propones un "despido improcedente". Al no cotizar las indemnizaciones, tu despido les cuenta como gasto y al no dártelo en realidad para ellos es todo ventajas y tú no tienes que cotizar por el supuesto dinero que en realidad no has recibido.
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No sé si he sabido explicarme. Un saludo,
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Enviado el día: 20-04-11 a las 22:39 pm
Hola Tefuel, creo que entiendo lo que quieres decirme, pero en realidad si tendré que declararar un dinero que se supone que he recibido, pero que no lo recibo en realidad, no? A ver si luego hacienda me va a crujir encima!!
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De todas formas cuando se dé el caso y según la reacción que vea pediré asesoramiento.
Muchas gracias por todo!!
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Enviado el día: 26-04-11 a las 18:52 pm
ESO DE QUE ES TODO VENTAJAS,QUE VENGA DIOS Y LO VEA ,SI TE PILLAN TE METEN UN PAQUETE DESCOMUNAL,TIENES QUE METER UN DESFASE DE MILES DE EUROS EN TU CONTABILIDAD Y ADEMAS TE INHABILITAN PARA RECIBIR SUBVENCIONES A LA NUEVA CONTRATACION DURANTE 3 AÑOS, NO SE DONDE ESTAN LAS VENTAJAS.POR QUE ENGAÑAIS A LA CHICA,ESO ES ILEGAL Y SI UNA EMPLEADA ,TE HACE CHANTAJE CON ESTE RTEMA ES UNA SEÑORA PUTADA,Y TODOS LOS QUE SE BAJAN LOS PANTALONES ES POR PURA IMPOTENCIA.
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Enviado el día: 27-04-11 a las 09:03 am
pelucas, podrías extenderte un poco más? no acabo de entender muy bien a que te refieres.
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Saludos!!
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Enviado el día: 27-04-11 a las 10:04 am
Pedir a tu jefe que te "arregle "el paro como se suele decir ,es un fraude que solo beneficia al empleado y al jefe solo lo expone a grandes riesgos y grandes complicaciones en las que el encima no gana absolutamente nada,asi que lo veo fatal,solo me habia llamado la atencion que alguien dijera que paa la empresa era una ventaja.
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al crear un despido falso en la contabilidad aparecera el desembolso de tu indemnizacion aunque realmente no la ciovres,si llevas 12 años sera una cantidad muy importante y un descalabro contable para las cuentas de tu empresa ,si se detecta el fraude,tu solo tienes que devolver el paro pero la empresa tiene que pagar una multa por encima de los 3000 € ,ademas una emprea con un despido en su historial queda durante 3 años inhabilitada para solicitar ayudas y bonificaciones a la nueva contratacion ,aparte de esto,el empresario no gana absolutamente nada "arreglandote el paro" .
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Enviado el día: 27-04-11 a las 21:03 pm
Ok, gracias por explicarmelo, ya te entiendo. La verdad, no lo sabía, siempre he pensado que la empresa no perdía nada con esto, aunque tampoco he pensado nunca que fuera ninguna ventaja.
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Es decir, si tienes un empleado indefinido y éste se quiere ir, no hay forma de que lo haga teniendo el paro y sin perjudicar a la empresa. Pues la verdad, menuda putada.
Gracias y saludos!!
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Teufel.pro -
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Enviado el día: 01-05-11 a las 00:20 am
Hola Pelucas
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En ningún caso he intentado inducir a error a Estilista y mucho menos engañarla. Hasta hace un año, las liquidaciones por despido no cotizaban, si eso ha cambiado lo siento. Ahora ya me haces dudar si cotizan o no.
Por supuesto que meter un gasto en la contabilidad sin que se haya producido es un fraude pero no creo que estemos hablando de millones. Y quien no deje algún tiket sin marcar en caja de vez en cuando que tire la primera piedra, que al fin y al cabo viene a ser lo mismo, falsear la contabilidad.
Un saludo a todos
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