Asesoría legal Estética y Peluquería
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duda convenio
peluquero
Enviado el día: 23-07-18 a las 15:41 pm
Hola, leyendo el convenio me he encontrado esto que no acabo de entender . ¿alguien me lo podría explicar a efectos prácticos?. Muchas gracias y un saludo.
"3. Distribución irregular de la jornada: la empresa podrá distribuir de manera irregular a lo largo del año el veintiocho por ciento de la jornada de trabajo. De acuerdo con lo establecido en artículo 7.2 del presente Convenio, los Convenios colectivos de ámbito territorial inferior podrán acordar una distribución de la Jornada anual de trabajo distinta a la plantada en este artículo, que afectara tan solo a las empresas y trabajadores de su ámbito de actuación."
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