El Ministerio de Hacienda ha dado instrucciones a sus delegaciones para que en lo sucesivo no admitan fraccionamientos / aplazamientos respecto a las retenciones del IRPF de los trabajadores (modelo 111). Es importante tener en cuenta esta novedad, ya que en lo sucesivo, al parecer, solo podrán fraccionarse las liquidaciones referidas al IVA y tal vez las del IRPF del propio empresario (modelo 130).

Por otra parte, si hemos sido afortunados en la lotería de Navidad, nos interesa saber que los premios superiores a 2.500 euros sufrirán una retención fiscal de un 20%. Esta retención se aplica solo sobre el exceso, es decir, sobre la cantidad que supere los primeros 2.500 euros, estando éstos exentos.

Fuente: Jaumandreu & Asociados.









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