Por APEMADRID (Asesoría Profesional de Empresas).
A partir del lunes 19 de noviembre de 2012 quedan prohibidos los pagos en efectivo por importe de 2.500 euros o superior, siempre que uno de los dos intervinientes en la operación sea empresario o profesional.
Con ello se pretende combatir el fraude fiscal que, según la Agencia Tributaria, se produce mediante la emisión de facturas que no se corresponden con servicios efectivamente realizados, pero que permiten al receptor de las mismas su deducción a efectos fiscales.
El incumplimiento de esta obligación acarreará una sanción del 25% del importe de la operación, de la que serán responsables solidariamente ambas partes.