Recurrimos a las voces expertas para oír, en este caso leer, y dar respuesta con absoluta y certera claridad, desde el conocimiento, a las cuestiones más candentes derivadas de la situación por la que atraviesa el país, y ya más de 150 naciones del mundo en lucha contra la pandemia del Covid-19, la crisis del coronavirus que suma ya miles de muertos.

Tras la entrada en vigor del Real Decreto del Gobierno de nuestro país que ponía en marcha las medidas económicas anunciadas por el ejecutivo el pasado martes, 17 de marzo, el ERTE salta a la primera línea de combate como el método recomendado para las empresas que se enfrentan a días y/o meses de inactividad, mientras dure el Estado de Alarma, para mantener sus plantillas frente al despido.

Con los ERTE se pretende evitar la destrucción de empleo suspendiendo los contratos mientras dure esta situación, para que luego los empleados puedan volver a incorporarse a la empresa.

Objetivo, recuperar la economía en cuanto se logre controlar el contagio del coronavirus.

Por todo ello, son muchas las preguntas que se suceden entre empresarios y trabajadores en torno al ERTE. Nada mejor que acudir a los especialistas en la materia. Es en este caso, es Luis Herrera-Portugal, presidente del Consejo Nacional de Empresas de Peluquería y Estética, CONEPE, quien resuelve aquellas preguntas más frecuentes de este mecanismo de regulación de las plantillas.

¿Qué es un ERTE?
Luis Herrera-Portugal: Son las siglas de Expediente de Regulación Temporal de Empleo, y es un mecanismo legal para que las empresas puedan ajustar sus plantillas en momentos puntuales de crisis, bien reduciendo las jornadas, bien suspendiendo los contratos de parte o de toda la plantilla, pero siempre incidiendo especialmente en el carácter temporal de la medida.

¿Con un ERTE se cobra paro aunque no se tenga el tiempo de cotización necesario? ¿Por qué importe?
L.H-P.: Se cobra la prestación por desempleo en las mismas condiciones que un trabajador normal, aunque no se tengan las cotizaciones necesarias acumuladas. El importe es del 70% de la base de cotización, es decir, del sueldo bruto anual dividido entre 12 meses.

¿Por qué aplicar un ERTE mejor que despedir en la situación actual?
L.H-P.: No es que sea mejor, es que se pretende evitar la destrucción de empleo suspendiendo los contratos mientras dure esta situación, para que luego los empleados puedan volver a incorporarse a la empresa.

Es difícil ser optimista cuando las cifras de mortalidad crecen y cuando no sabemos cuánto durará esto. Va a ser muy duro. Pero pasará. Y a partir de ahí tendremos que gestionar una muy elevada demanda de nuestros servicios.

¿Cuáles son los motivos y causas más habituales de un ERTE?
L.H-P.: Causas económicas o de producción. Por ejemplo, en una fábrica de automóviles: quedarse sin pedidos temporalmente sería una causa justificada. En el caso que nos ocupa, la causa viene dada por el cierre obligatorio de nuestros salones, centros de peluquería y de estética.

¿Cómo poner en marcha un ERTE en el estado de alarma?
L.H-P.: Es un trámite sencillo: se comunica a los trabajadores y a las autoridades laborales y, teniendo la empresa cerrada por mandato gubernativo, no es necesario siquiera demostrar la situación de pérdidas económicas. Basta con invocar el Real Decreto del Estado de Alarma.

¿Mejor asesorarme y dejarlo en manos de los gestores y expertos?
L.H-P.: Siempre. Por eso en CONEPE ponemos a disposición de nuestros asociados nuestra asesoría jurídica especializada en el sector de la imagen personal.

¿Qué ocurre entre los ERTE cursados antes del Estado de Alarma y los que se cursen ahora?
L.H-P.: Los anteriores deberán acreditar la razón en base a la que lo presentaron. Los posteriores, como decía anteriormente, tendrán suficiente con invocar la existencia del Real Decreto.

¿Cuánto se tarda en gestionar un ERTE habitualmente y cuánto ahora en esta situación excepcional?
L.H-P.: Habitualmente, se puede incluso demorar unos meses. Actualmente, el Gobierno pretende que en cuestión de una semana esté resuelto. Pero tenemos la seguridad de que todos serán aceptados. Y además no hay que esperar a la resolución para ponerlo en práctica.

Acabamos de demostrar que unidos y trabajando duro con buenos profesionales podemos cambiar las cosas; de hecho, hemos conseguido modificar el Real Decreto del Estado de Alarma, que un día después rectificaba y cerraba los salones de peluquería.

¿Cuánto puede durar un ERTE en la crisis del coronavirus? ¿Y habitualmente? (Si es que hubiera diferencia)
L.H-P.: En el caso del coronavirus puede durar inicialmente tanto como se prolongue el estado de alarma. Y no descartamos, aunque eso hay que estudiarlo, que pueda ir más allá porque la crisis no se superará al día siguiente, pero eso ya lo veremos. En los otros casos, tanto tiempo como dure la situación excepcional que lo justifica.

¿Un ERTE conlleva también indemnización?
L.H-P.: No, porque el trabajador conserva su puesto de trabajo y se reincorpora al terminar la crisis.

¿Tengo mi vuelta al trabajo totalmente asegurada tras un ERTE?
L.H-P.: Absolutamente. Lo cual no quiere decir que si luego la empresa ha de cerrar por no poder superar la situación haya que tomar otras medidas. Pero el ERTE en sí mismo implica la garantía de reincorporación.

Personalmente y en el ámbito de los centros de belleza y peluquerías, ¿por qué y en qué casos aconseja tramitar los ERTE?
L.H-P.: Siempre y sin ninguna duda. No hay ingresos por orden gubernativa, y es de pura lógica utilizar todos los medios legales a nuestro alcance para reducir costes.

Es un trámite sencillo: se comunica a los trabajadores y a las autoridades laborales y, teniendo la empresa cerrada por mandato gubernativo, no es necesario siquiera demostrar la situación de pérdidas económicas.

¿Qué problema o principales inconvenientes si es que los hubiera me podría encontrar con un ERTE como empresario? ¿Y como empleado?
L.H-P.: Como empresario ninguno: es indudablemente una herramienta de pura supervivencia. Como empleado, evidentemente, que la prestación por desempleo es inferior al sueldo habitual. Pero es que estamos en una situación excepcional.

Recomendaciones para empresarios dueños de salones y centros, autónomos y trabajadores de la Imagen Personal en esta crisis.
L.H-P.: Que se asesoren bien, de momento. Pero a partir de ahí, que empiecen a pensar en el día después de esta pesadilla: habrá mucha necesidad de nuestros servicios y hay que estar preparados para ello. No abandonen el contacto ni con su equipo ni con sus clientes.

¿Optimistas con respecto a la recuperación tras la crisis del coronavirus?
L.H-P.: Es difícil ser optimista cuando las cifras de mortalidad crecen y cuando no sabemos cuánto durará esto. Va a ser muy duro. Pero como decía, pasará. Y a partir de ahí tendremos que gestionar una muy elevada demanda de nuestros servicios. También quiero pensar que de estas crisis colectivas tan dramáticas salimos reforzados como sociedad.

Una lección aprendida hasta el momento, a pesar de lo vivido y lo que resta que pasar por efecto del coronavirus.
L.H-P.: La necesidad, más clara que nunca, de que los profesionales de la Imagen Personal se asocien. Acabamos de demostrar que unidos y trabajando duro con buenos profesionales podemos cambiar las cosas; de hecho, hemos conseguido modificar el Real Decreto del Estado de Alarma, que un día después rectificaba y cerraba los salones de peluquería, cuando en un primer momento los dejó abiertos, con el consiguiente peligro de contagio para clientes y trabajadores. Cuando esto termine, los grandes problemas de la profesión seguirán ahí: el IVA, la titulación, el convenio… Ahora sabemos que tenemos fuerza si permanecemos unidos. Como decía antes, de las crisis colectivas ha de salir algo bueno, y la unidad de la profesión sería una buenísima consecuencia de una situación que ahora mismo es muy negativa.









Recomendamos