Además del ahorro en burocracia, el nuevo modelo de altas y bajas médicas también propone: adaptar la emisión de los partes a la duración estimada de cada proceso, mantener el rigor necesario en la constatación de la enfermedad o lesiones del trabajador y contribuir, de alguna manera, al descenso del absentismo laboral.
Según la ministra de Sanidad Fátima Báñez, el nuevo modelo supondrá mejores condiciones de trabajo y salud, así como que los empleados estén más protegidos. Sin embargo, no todas las partes implicadas están de acuerdo con las declaraciones de la ministra. Tampoco existe conformidad en los protocolos a aplicar, ni en las repercusiones que para empresarios y trabajadores puede tener. El protagonismo que han adquirido las mutuas ha sido interpretado por algunos colectivos como una intromisión en la actividad de trabajadores y médicos. Es más, se les ha acusado de seguir criterios puramente económicos frente a la recuperación de la salud de los empleados. Con la nueva Ley, las mutuas podrán ejercer un control mayor al proponer altas que aceleren la reincorporación del trabajador. El médico tendrá cinco días para emitir un informe y la Inspección otros seis. Si transcurridos 11 días la mutua no ha recibido respuesta, el trabajador tendrá la obligación de reincorporarse a la actividad laboral.
El nuevo modelo tampoco cuenta con el benéplacito de algunos empresarios
Estos han criticado también los nuevos plazos de baja y variaciones de datos en la Seguridad Social. Hasta el momento, estos plazos eran de tres a seis días naturales y con el nuevo sistema han pasado a un máximo de tres. En su opinión, son demasiado restrictivos y les ponen en riesgo. Esta falta de flexibilidad en los nuevos plazos supondrá un problema para aquellos que se hallen en situación de cubrir una baja laboral, dar de alta al nuevo trabajador y comunicar la baja o variación, en caso de que coincida con tres días festivos seguidos. Los empresarios solicitan que los tres días sean laborales y no naturales, ya que algunos sectores, como por ejemplo la industria, se verían perjudicados. Su actividad es continua y la producción no se detiene en días festivos. De igual modo, se verían también afectados sectores como Sanidad, Comercio, Restauración, Ocio, etc. Este marco restrictivo incrementa la posibilidad de que los empresarios de sectores como los mencionados puedan recibir una sanción si no han hecho efectiva el alta así como el riesgo de desprotección del trabajador. Una de las soluciones para la correcta gestión empresarial podría ser el cambio de días naturales por laborales para presentar el alta, baja o variación de datos, en caso de que coincidan con tres días festivos seguidos.
¿Cómo afectará a los trabajadores?
En cuanto a cómo afectará el nuevo sistema de bajas laborales a los trabajadores, en apariencia les beneficiará. El nuevo modelo reduce el número de veces que deben acudir a su médico para hacer el seguimiento de su baja, (lo habitual era cada siete días antes de este cambio legislativo). Como curiosidad, es la primera vez en 49 años que el sistema de incapacidad temporal se modifica. Se implantó en el año 1966 y el motivo de dicha obligación semanal era la coherencia con el sistema de pago de las empresas, semanal en aquella época.
Con la nueva Ley, los partes de baja se ajustarán a la previsión del seguimiento clínico. El médico tendrá que determinar desde el primer día cuánto durará la baja. El decreto agrupa las incapacidades temporales en cuatro tipos, en función de la enfermedad y del tiempo que el médico estime que el trabajador se deberá quedar en casa. El trabajador no tendrá que acudir a buscar el parte de confirmación a los tres días, tal y como ocurre ahora. Esa obligación, por tanto, desaparece.
Si la duración de la baja se estima entre cinco y 30 días, el parte de confirmación se deberá expedir cada dos semanas. Si se prevé una duración entre 31 y 60 días, el parte se emitirá cada 28 días. En caso de enfermedad de larga duración (más de 61 días), la confirmación de la baja se extenderá cada 35 días. El decreto obliga por tanto a hacer un informe médico cada mes. El informe se deberá repetir al día 35 en el caso de bajas de dos meses. Así pues, el trabajador tendrá que ir más veces al médico. Por otra parte, se endurecen los criterios de baja a partir de los tres meses de duración, período en el que interviene la Inspección, y que hasta ahora solo entraba en juego a partir del año de la baja.
Las reacciones del colectivo médico
Este colectivo también se ha manifestado en contra porque incrementa la burocracia y se corre el riesgo de colapsar el sistema. Hasta el momento, la tramitación de los procesos de incapacidad temporal por enfermedad común se realizaba desde atención primaria. Ahora, si el trabajador acude a urgencias o está ingresado, el parte lo deberá emitir el médico del hospital. El médico de primaria no podrá activar la baja hasta ver al paciente. Por ello, el trabajador podría perder días de trabajo e incluso tendrá problemas para justificar algunas jornadas.
En definitiva, el sistema de bajas laborales ha experimentado un profundo cambio para adaptarse a las necesidades del mercado laboral actual. Cambian los criterios y la calificación de las bajas en función de la gravedad de la enfermedad. También se intensifica el control sobre trabajadores y médicos que firman los partes de incapacidad temporal. Por su parte, el mundo empresarial tiene por delante experimentar los posibles riesgos sobre los plazos de baja y variaciones de datos en la Seguridad Social. Esperemos que la letra pequeña del nuevo sistema de bajas laborales no afecte en demasía al día a día de las empresas.
Fuente: Susana Torres Díaz.
Manager Consultoría Optimización de Costes Laborales. Alma Consulting Group.