Asesoría legal Estética y Peluquería
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Ayudar a un colega
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Enviado el día: 15-03-14 a las 13:29 pm
En 1 lugar. Yo siendo autónomo y con mi licencia de mi peluquería y tengo un colega-amigo/a que esta de baja y con la peluquería cerrada…
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¿Puedo ir a su peluquería a mantener abierto y colaborar a mantener su clientela…? En 2 lugar. Un/a oficial/a mía que le tengo en regla, y tengo un colega- amigo/a que esta de baja y con la peluquería cerrada… ¿Puedo ir a su peluquería a mantener abierto y colaborar a mantener su clientela…? Saludos
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Enviado el día: 20-03-14 a las 17:39 pm
Si el colega-amigo está de baja médica, en la “declaración de situación de actividad” puede poner que su sustituto mientras él esté de baja médica serás tú, ya que estás dado de alta con el epígrafe de peluquería. Así que en este caso sí que podrías ir a trabajar allí, pero es imprescindible que tu amigo lo comunique en el citado impreso.
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El caso del oficial, también podría ir siempre y cuando se especifique en la “declaración de situación de actividad” que presente el autónomo y se asegure a esta persona como sustitución de baja médica en Régimen General (Contrato de interinidad por sustitución IT)
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Enviado el día: 21-03-14 a las 20:09 pm
Hola Apemad.com. He hecho esta pregunta por varios motivos que ahora expongo… Hace algunos meses. Un compañero estuvo de baja con la peluquería cerrada, entonces el se quedo en el hospital y casa…Pregunte al asesor y otra gente, todo eran problemas…
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En definitiva, el decidió quedarse de baja y así estuvo alrededor de unos cuatro meses…
La alternativa que tenia planteado era, ir voluntariamente a abrirle para que mantuviese su clientela, también barajaba otra posibilidad de que fuese mi empleada con la seguridad social que le cotizo y en vez de trabajar en la mía que trabajase en la de el… Y la última sería, aunque fuese lo mínimo, abrir media jornada… Saludos
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Enviado el día: 24-03-14 a las 16:18 pm
La de que tu trabajadora asegurada en tu empresa trabaje en el salón de tu amigo te la desaconsejo absolutamente: es una cesión de trabajadores totalmente ilegal. Por eso sugería que, en todo caso, se la dé de alta a tiempo parcial en la empresa de tu amigo. Para lo demás, si quieres mi consejo documéntalo: un pequeño contrato entre tu amigo y tú en el que se establezca el porqué de esta colaboración momentánea. No es una situación frecuente, pero tampoco insalvable.
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